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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSamaniego Pincay, Pedro José-
dc.contributor.authorAzanza Panta, Andrea Eunice-
dc.contributor.authorMontero Lara, Lucía Laura-
dc.date.accessioned2020-06-24T04:34:53Z-
dc.date.available2020-06-24T04:34:53Z-
dc.date.issued2020-03-02-
dc.identifier.urihttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/14766-
dc.descriptionEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo establecer una metodología que posibilite a las administradoras de fondos y fideicomisos del cantón Guayaquil llevar a cabo el reconocimiento oportuno de los arrendamientos de acuerdo con la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 16 a través de la ilustración de casos, con la finalidad de presentar razonablemente su revelación en la elaboración de los estados financieros. La NIIF 16 trajo consigo cambios sustanciales para la contabilidad de los arrendatarios, ya que tendrán que reconocer el derecho de uso de los activos arrendados, el cual es equivalente al valor presente de los pagos por arrendamiento, que a su vez conlleva al registro de un pasivo por arrendamiento, cuya obligación se cancela al momento en que se efectúan los pagos de los cánones de arrendamiento. Para el desarrollo de la investigación, se consideró el mercado de valores, específicamente las administradoras de fondos y fideicomisos, debido a que son el sector de negocios de mayor generación de ingresos en dicho mercado. Para la elaboración de la propuesta, se procedió a desarrollar casos de distintos modelos de contratos de arrendamiento que normalmente podrían originarse, tales como: (a) arrendamientos bajo la modalidad de pago fijo al vencimiento; (b) arrendamientos bajo la modalidad de pagos con ajustes al canon considerando variables como la inflación y la garantía residual; y (c) deterioro de activos fijos. Adicionalmente, se identificaron aspectos tributarios en los modelos desarrollados, cuyos efectos y registros fueron debidamente ilustrados. Finalmente, se sugiere que para los arrendamientos, se considere la aplicación de impuestos diferidos, por lo cual hemos propuesto incluir el numeral 13 en el artículo innumerado a continuación del artículo 28 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (RALRTI), esto con la finalidad de que las entidades puedan recuperar las diferencias que se generan al momento de registrar los gastos de depreciación e intereses, originados por estos arrendamientos.en_US
dc.formatapplication/pdfen_US
dc.language.isospaen_US
dc.publisherUniversidad Católica de Santiago de Guayaquilen_US
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen_US
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/en_US
dc.subjectARRENDAMIENTOen_US
dc.subjectTRIBUTACIÓNen_US
dc.subjectESTADOS FINANCIEROSen_US
dc.subjectNORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERAen_US
dc.subjectMERCADO DE VALORESen_US
dc.subjectIMPUESTO DIFERIDOen_US
dc.subjectTASA DE DESCUENTOen_US
dc.titlePropuesta metodológica para la aplicación de la NIIF 16 en administradoras de fondos y fideicomisos del cantón Guayaquilen_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisen_US
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera en Contabilidad y Auditoría CPA

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