DSpace logo
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/402
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCueva García, Julio César-
dc.date.accessioned2013-02-21T21:34:34Z-
dc.date.available2013-02-21T21:34:34Z-
dc.date.issued2010-01-31-
dc.identifier.urihttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/402-
dc.descriptionHasta antes de la reforma al Código de Procedimiento Penal que entrara en vigencia en el año 2001, el Ecuador tenía un sistema procesal en materia penal de corte INQUISITIVO, caracterizado por la falta de independencia entre el órgano bajo el cual estaba la etapa de investigación del injusto y el órgano a cargo del procesamiento de los justiciables, ambos confundidos en la figura del Juez. A partir de la reforma en elaño 2001, el Ecuador entra a formar parte de los países de la región que acogieron el sistema ACUSATORIO para su nuevo Procedimiento Penal, caracterizado por la separación de la funciones de investigar (fiscal) yde acusar (juez). El Juzgador ya no puede actuar de oficio, “donde no hay acusador, no hay juzgador” 1 . Finalmente el proceso se convierte de a poco en un proceso oral, dejando de lado en su mayoría la parte escrita y al Ministerio Público (actual Fiscalía) se le da el monopolio de la acusación de los delitos de acción pública. Así las cosas el Ecuador despierta a una nueva era en materia procesal penal. A finales de Octubre de 2008 entra en vigencia una nueva Constitución que en su artículo 1 reza: “El Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia…” abriendo así una nueva era en materia de derechos fundamentales y garantías constitucionales, forzando al sistema a cambiar toda su infraestructura legal para adaptarse al nuevo sistema constitucional denominado neoconstitucionalismoo constitucionalismo moderno, caracterizado por una “humanización” del hombre, reconocimiento de la naturaleza como sujetode derechos y la igualdad jerárquica abstracta de los principios y derechos, dejando de lado el anterior sistema de subsunción de un principio por otro, por el método de resolución de antinomias denominado de proporcionalidad y de ponderación. Como era de esperarse, el sistema procesal ecuatoriano se vio en la imperiosa necesidad ajustar sus normas y procedimientos a la realidad jurídica suprema del Estado y es como dentro de ese ámbito se produce la reforma del 24 de Marzo de 2009 publicada mediante Suplemento al Registro Oficial No. 555. Es entonces, dentro de esa reforma que entran a formar parte del sistema procesal ecuatoriano, las denominadas “salidas alternativas” al juicio oral en el procedimiento acusatorio, materia principal de este trabajo.en_US
dc.language.isospaen_US
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/-
dc.subjectSISTEMA PROCESAL PENALen_US
dc.subjectREFORMA PROCESALen_US
dc.subjectSISTEMA ACUSATORIOen_US
dc.subjectJUICIO ORALen_US
dc.titleSalidas alternativas al juicio penal acusatorio oralen_US
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesisen_US
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Especialización en Derecho Procesal

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
T-UCSG-POS-EDP-10.pdf3,31 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons