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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10784
Título : Procedimiento para la sustanciación de la acción denulidad del laudo arbitral en el Ecuador.
Autor : Gavilanez Diaz, Erick Orlando
metadata.dc.contributor.advisor: Nuques Martínez, Hilda Teresa
Palabras clave : ARBITRAJE;LAUDO ARBITRAL;ACCIÓN DE NULIDAD;APELACIÓN;CASACIÓN;ECUADOR
Fecha de publicación : 19-feb-2018
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : Arbitration is presented as an alternative method of conflict resolution. The parties know in advance to the arbitration procedure the rules by which it is governed. For this, the parties know the non-appealability of the arbitral award; unlike what happens with the judgment of first instance obtained in a process of knowledge. The arbitration award is unappealable and is only susceptible to the horizontal resources of clarification and extension. The Ley de Arbitraje y Mediación provides that in case the arbitration award is invalid; the parties can exercise the nullity action. The art. 31 of the Ley de de Arbitraje y Mediación establishes brief procedural rules on the substantiation of this action. In addition, the LAM provides that the rules of the ordinary procedural law are applicable in what is not described by it. Therefore, since the creation of the LAM there has been controversy about what are the rules of the ordinary procedural law that can be applied to the nullity action.
Descripción : El Arbitraje se presenta como un método alternativo de solución de conflicto diferenciándose así de la justicia ordinaria. Las partes conocen con antelación al procedimiento arbitral las reglas por las cuales se rige. Por esto, las partes conocen la inapelabilidad del laudo arbitral; a diferencia de lo que sucede con la sentencia de primera instancia obtenida en un proceso de conocimiento. El laudo arbitral, es inapelable y solo es susceptible de los recursos horizontales de aclaración y ampliación. La ley de Arbitraje y Mediación dispone que en caso de ser inválido el laudo arbitral; las partes puede ejercer la acción de nulidad. El art. 31 de la Ley de Arbitraje y Mediación establece breves reglas procedimentales sobre la sustanciación de esta acción. Además, en la LAM se dispone que las reglas de la ley procesal ordinaria son aplicables en lo no descrito por la misma. Por lo anterior, desde la creación de la LAM ha existido controversia acerca de cuáles son las reglas de la ley procesal ordinaria que puede aplicarse a la acción de nulidad.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10784
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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