Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/11787
Título : | Providencias preventivas en materia de propiedad intelectual : medidas cautelares judiciales. |
Autor : | Izquierdo Pinos, Oscar Eloy |
metadata.dc.contributor.advisor: | Ycaza Mantilla, Andrés Patricio |
Palabras clave : | MEDIDAS CAUTELARES;PROPIEDAD INTELECTUAL;JUICIO;PROVIDENCIAS PREVENTIVAS |
Fecha de publicación : | 5-sep-2018 |
Editorial : | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Resumen : | With the reform that is given to the General Organic Code of Processes (COGEP), part of the Organic Code of the Social Economy of Knowledge, Creativity and Innovation, it can be determined that the first adds an article number after the 133 of COGEP, legal standard This refers to preventive measures in Title III of Book II from articles 124 to 133. Hence, the main action in intellectual property matters is exercised by virtue of positive observance, that is, it will give rise to the exercise of judicial and administrative actions, in accordance with what is established in Art. 540 of the Organic Code of the Economy Social Knowledge, Creativity and Innovation; Therefore, this action must be preceded or not by a request for preventive measures, must be substantiated by summary procedure and before civil judge. From the aforementioned, significant conclusions are determined within the legal action. This conjunctural study between the two codes allows to have a clear idea about the progress of the preventive measures and the importance of these within the process. |
Descripción : | Con la reforma que se da al Código Orgánico General de Procesos (COGEP), de parte del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, se puede determinar que al primero se agrega un artículo innumerado luego del 133 del COGEP, norma legal esta que hace referencia a las providencias preventivas en su Título III del Libro II desde sus artículos 124 al 133. De allí que la acción principal en materia de propiedad intelectual, es ejercida en virtud de la observancia positiva, esto es, dará lugar al ejercicio de acciones judiciales y administrativas, de acuerdo a lo que establece el Art. 540 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación; es entonces que esta acción sea que la anteceda o no un pedido de providencias preventivas, debe sustanciarse por procedimiento sumario y ante Juez de lo civil. A partir de lo antes indicado, se determinan conclusiones de importancia dentro del accionar jurídico. Este estudio coyuntural entre los dos códigos permite tener una idea clara sobre los avances de las providencias preventivas y la importancia que tiene estas dentro del proceso. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/11787 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED) |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
T-UCSG-PRE-JUR-DER-MD-206.pdf | 710,71 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons