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Título : La corte constitucional y el dictamen previo como requisito fundamental para la convocatoria a consultas populares.
Autor : Suquilanda Subia, Jorge Luis
metadata.dc.contributor.advisor: Ávila Linzán, Luis Fernando
Rivera Herrera, Nicolás Belisario
Palabras clave : CONTROL CONSTITUCIONAL;GARANTÍAS JURISDICCIONALES;ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA;SISTEMA CONSTITUCIONAL;ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL;NEOCONSTITUCIONALISMO
Fecha de publicación : 9-nov-2018
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : From the conception of the ecuadorian state to welcome the neoconstitutionalist current from the year 2008, was seen in a constitutional crusis way to consider the human being as a fundamental and priority part of constitutional protection, so one of the biggest problems facing the Constitutional Court of Ecuador is the term established by the Organic Law of Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control in its Article 105, which establishes a fatal term of 20 days for the maximum body of constitutional control to issue its prior and binding opinion on constitutionality to give step to popular consultations. For the development of this research, the mixed modality has been adopted, that is, qualitative, interactive category, and non-interactive, and the Case Study design will be applied, in which the current role of the Constitutional Court in matters of control will be investigated. constitutional and its issuance of prior and binding constitutionality rulings. We have taken as a sample the previous criteria of constitutionality on this issue, analyzing this legal situation brings as a consequence a constitutional debauchery by framing a serious and more transcendent debate to the constitutional magistrates when giving way to situations of appreciable importance in the conjunctural decisions of the democratic life of the country in case of not issuing its pronouncement in the time considered. This term conditioning that must be fulfilled by the governing body of the Constitution in Ecuador, contemplates several scenarios regarding an existential contradiction in the neo-constitutionalism between the magna carta issued by the Constituent of Montecristi in 2008 and the very peculiar but formal Organic Law of Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control, by establishing the first as a condition sine qua non the prior opinion of constitutionality in matters of vital importance for the full development of our constitutional system and the aforementioned law framing an administrative term for compliance with the decisions adopted by the executive function, the decentralized autonomous governments or the citizen's requirement.
Descripción : Desde la concepción del Estado ecuatoriano al acoger la corriente neoconstitucionalista a partir del año 2008, se vio en un vía crucis constitucional al considerar al ser humano como parte fundamental y prioritaria de la protección constitucional. Uno de los más grandes problemas que enfrenta la Corte Constitucional del Ecuador es el término que establece la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en su artículo 105 que imperativamente establece un término fatal de 20 días para que el organismo máximo de control constitucional emita su dictamen previo y vinculante de constitucionalidad para dar paso a consultas populares. Para el desarrollo de esta investigación, se ha adoptado la modalidad mixta, es decir, cualitativa, categoría interactiva, y no interactiva y se aplicará el diseño Estudio de Caso, en el cual se investigará el actual rol de la Corte Constitucional en materia de control constitucional y su emisión de dictámenes previos y vinculantes de constitucionalidad. Hemos tomado como muestra los criterios previos de constitucionalidad, que han traído como consecuencia un desenfreno constitucional al enmarcar un debate serio y de mayor transcendencia a los magistrados constitucionales al dar paso a situaciones de apreciable importancia en las decisiones coyunturales de la vida democrática del país, en caso de no expedir su pronunciamiento en el tiempo considerado. Este condicionamiento de plazo que debe cumplir el organismo rector de la Constitución en el Ecuador contempla varios escenarios, respecto a una contradicción existencial en el neoconstitucionalismo entre la Carta Magna expedida por la Constituyente de Montecristi en el año 2008 y la muy peculiar pero formal Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, al establecer la primera como condición sine qua non el dictamen previo de constitucionalidad en asuntos de vital importancia para el desarrollo cabal de nuestro sistema constitucional y la ley mencionada, enmarcando un término administrativo para el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la Función Ejecutiva, los Gobiernos Autónomos Descentralizados o por el requerimiento ciudadano.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/11958
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional

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