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Título : ¿Se vulnera el derecho a la intimidad de los socios o accionistas por parte del a Superintendencia de Compañías, valores de seguros al publicar el porcentaje de sus acciones o participaciones?.
Autor : González Morán, Andreina Linabeth
metadata.dc.contributor.advisor: Navarrete Luque, Corina Elena
Palabras clave : DERECHO A LA INTIMIDAD;DATOS PERSONALES;ORDENAMIENTO JURÍDICO;COMPAÑÍAS;SOCIOS;ACCIONISTAS
Fecha de publicación : 31-ago-2018
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The right to privacy is the recognition made by the legal system to one of the inherent rights of the human being, guaranteeing the protection of the internal sovereignty that lies in the individual. The right to privacy is related to the protection of personal data, since it is considered as personal data to the information that the individual wishes not to disclose to society, therefore, the protection of personal information guarantees the person that your data will be used with legality, loyalty and that you will be given the appropriate treatment for which it was intended. However, the individual is characterized as a social entity. In this context, the formation of societies is seen as a tangible example of the association of individuals with a common purpose. For the creation of a company, a contract called social contract must be entered into, in which two or more persons deliver their contributions to the company. The core of the present work is to determine if the contributions made by the partners or shareholders of the company constitute personal information
Descripción : El derecho a la intimidad no es más que el reconocimiento que realiza el ordenamiento jurídico a uno de los derechos inherentes del ser humano garantizando la protección de la soberanía interna que radica en el individuo. El derecho a la intimidad está relacionado con la protección de datos de carácter personales, toda vez que se considera como dato personal a la información que el individuo desea no divulgar a la sociedad, por tanto, el amparo de la información personal garantiza a la persona que sus datos serán usados con licitud, lealtad y que se le dará el tratamiento adecuado para el cual fue destinado. Sin embargo, el individuo se caracteriza por ser un ente social. En ese contexto, la conformación de sociedades se vislumbra como un ejemplo palpable de la asociación de individuos con una finalidad común. Para la conformación de una sociedad se debe celebrar un contrato denominado contrato social, en el cual dos o más personas entregan a la compañía sus aportaciones. El núcleo central del presente trabajo consiste en determinar si las aportaciones realizadas por los socios o accionistas de la compañía constituyen dato de carácter personal.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12071
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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