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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12122
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Nuques Martínez, Hilda Teresa | - |
dc.contributor.author | Landeta Álava, Francisco Guillermo | - |
dc.date.accessioned | 2019-01-30T19:43:04Z | - |
dc.date.available | 2019-01-30T19:43:04Z | - |
dc.date.issued | 2018-07-24 | - |
dc.identifier.uri | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12122 | - |
dc.description | La Acción Extraordinaria de Protección tiene como objetivo el de reparar el daño causado de los derechos constitucionales de los particulares, los cuales están declarados, reconocidos, otorgados y garantizados en la Constitución del Ecuador, (2008). El Estado se encuentra obligado a respetar, a hacer respetar, a aplicar y a hacer aplicar esta garantía en dichas violaciones, que se emiten en las resoluciones del poder público y en las sentencias de los jueces. Porque el artículo 63 de la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional, (2009) dice que la Corte Constitucional determinará si en la sentencia se han violado derechos constitucionales del accionante y si declara la violación, ordenará la reparación integral al afectado en concordancia con el artículo 94 de la Constitución del Ecuador, (2008). Porque al igual que en el ordenamiento jurídico a nivel internacional, la Acción Extraordinaria de Protección ha sido creada en la Constitución como garanta jurisdiccional orientada a tutelar el derecho de los ciudadanos que haya sido vulnerado por actos u omisiones en resoluciones o sentencias. Es por esto que se deben cumplir estos principios constitucionales, su interpretación sea la base de nuestro ordenamiento jurídico; y dónde vamos a encontrarlo, en las resoluciones del máximo órgano de interpretación, la Corte Constitucional. A través de su desarrollo jurisprudencial de sus motivaciones, se deje establecido y en un mismo sentido, las reparaciones de dichas violaciones, de que no exista contradicciones, que sean sentencias claras, y al ser el órgano de control constitucional sus sentencias son vinculantes; teniendo así la potestad de ordenar pagos y sanciones, pudiendo llegar hasta la destitución del funcionario. Es por esto que se detalla sentencias emitidas por la propia Corte donde se contradicen. | en_US |
dc.format | application/pdf | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.publisher | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil | en_US |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | en_US |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | en_US |
dc.subject | DERECHOS CONSTITUCIONALES | en_US |
dc.subject | ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN | en_US |
dc.subject | SENTENCIA DEVOLUTIVA | en_US |
dc.subject | GARANTÍAS CONSTITUCIONALES | en_US |
dc.title | La desnaturalización de la acción extraordinaria de protección en las sentencias devolutivas. | en_US |
dc.type | Examen complexivo de posgrado | en_US |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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