DSpace logo
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12122
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorNuques Martínez, Hilda Teresa-
dc.contributor.authorLandeta Álava, Francisco Guillermo-
dc.date.accessioned2019-01-30T19:43:04Z-
dc.date.available2019-01-30T19:43:04Z-
dc.date.issued2018-07-24-
dc.identifier.urihttp://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/12122-
dc.descriptionLa Acción Extraordinaria de Protección tiene como objetivo el de reparar el daño causado de los derechos constitucionales de los particulares, los cuales están declarados, reconocidos, otorgados y garantizados en la Constitución del Ecuador, (2008). El Estado se encuentra obligado a respetar, a hacer respetar, a aplicar y a hacer aplicar esta garantía en dichas violaciones, que se emiten en las resoluciones del poder público y en las sentencias de los jueces. Porque el artículo 63 de la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional, (2009) dice que la Corte Constitucional determinará si en la sentencia se han violado derechos constitucionales del accionante y si declara la violación, ordenará la reparación integral al afectado en concordancia con el artículo 94 de la Constitución del Ecuador, (2008). Porque al igual que en el ordenamiento jurídico a nivel internacional, la Acción Extraordinaria de Protección ha sido creada en la Constitución como garanta jurisdiccional orientada a tutelar el derecho de los ciudadanos que haya sido vulnerado por actos u omisiones en resoluciones o sentencias. Es por esto que se deben cumplir estos principios constitucionales, su interpretación sea la base de nuestro ordenamiento jurídico; y dónde vamos a encontrarlo, en las resoluciones del máximo órgano de interpretación, la Corte Constitucional. A través de su desarrollo jurisprudencial de sus motivaciones, se deje establecido y en un mismo sentido, las reparaciones de dichas violaciones, de que no exista contradicciones, que sean sentencias claras, y al ser el órgano de control constitucional sus sentencias son vinculantes; teniendo así la potestad de ordenar pagos y sanciones, pudiendo llegar hasta la destitución del funcionario. Es por esto que se detalla sentencias emitidas por la propia Corte donde se contradicen.en_US
dc.formatapplication/pdfen_US
dc.language.isospaen_US
dc.publisherUniversidad Católica de Santiago de Guayaquilen_US
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessen_US
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/en_US
dc.subjectDERECHOS CONSTITUCIONALESen_US
dc.subjectACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓNen_US
dc.subjectSENTENCIA DEVOLUTIVAen_US
dc.subjectGARANTÍAS CONSTITUCIONALESen_US
dc.titleLa desnaturalización de la acción extraordinaria de protección en las sentencias devolutivas.en_US
dc.typeExamen complexivo de posgradoen_US
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
T-UCSG-POS-MDC-188.pdf570,54 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons