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Título : El reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral internacional dentro de la normativa ecuatoriana.
Autor : Reynoso Gaute, Maritza Ginette
metadata.dc.contributor.advisor: Nuquez Martínez, Hilda Teresa
Pérez Puig-Mir, Nuria
Palabras clave : LAUDO ARBITRAL;ORDENAMIENTO JURÍDICO;TRIBUNAL ARBITRAL;TRATADOS INTERNACIONALES;NORMATIVA ECUATORIANA
Fecha de publicación : 19-mar-2019
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The Recognition and Execution of an International Arbitral Award within the Ecuadorian law is a topic of great relevance in the domestic and international scope. In legal transactions and present international relations, the cross-border recognition of an international arbitral award is of essence and to that effect it is necessary to have a reasonable understanding of the circumstances on which Courts or Tribunals of a State will recognize and execute awards issued in another State. At this point, ordinary justice is present as it enjoys Imperium as part of jurisdiction. Domestic Courts, by virtue of, State sovereignty, have to decide the pertinence of the arbitral award for its recognition and execution in the State, granting or denying what is worldwide known as exequatur. In the preparation of this research work, the New York Convention of 1958 has been the main instrument for analysis and its application in the Ecuadorian legal system. The purpose of this Convention is to establish transnational rules to favor the free circulation of judgments or arbitral awards as well as to establish other regulations that can improve the efficiency of arbitration, and legal certainty, respecting the reality and tradition of States and their autonomy. With regard to the legal order, the Constitution of Ecuador (2018) recognizes arbitration as alternative dispute resolutions in matters that due to its nature may be subject to arbitration. It also recognizes treaties and international agreements as part of the constitutional hierarchy.
Descripción : El Reconocimiento y Ejecución de un laudo arbitral internacional dentro de la normativa ecuatoriana es un tema de gran relevancia en el ámbito nacional e internacional. En las transacciones legales y relaciones internacionales actuales el reconocimiento transfronterizo de un laudo arbitral internacional es esencial y para ello es necesario tener un entendimiento razonable de las circunstancias en las cuales las Cortes o Tribunales de un país reconocerán y ejecutarán los laudos dictados en el extranjero. En consideración a la soberanía del Estado los jueces tienen la obligación de resolver sobre la aptitud del laudo arbitral para ser reconocido y ejecutado en el país, concediendo o negando lo que universalmente se conoce como exequatur. En la realización de este trabajo de investigación, la Convención de Nueva York de 1958 será el instrumento principal objeto de análisis y su aplicación en la normativa ecuatoriana. El propósito de esta Convención es el de establecer reglas transnacionales que favorezcan la libre circulación de sentencias o laudos arbitrales, además el de establecer otras medidas que puedan acrecentar la eficacia del arbitraje y seguridad jurídica, respetando la realidad y la tradición de los Estados y su respectiva soberanía. En lo concerniente al ordenamiento jurídico, la Constitución del Ecuador (2018) reconoce al Arbitraje como un medio alternativo de solución de conflictos en materias que por su naturaleza se puedan transigir. También reconoce a los tratados y convenios internacionales dentro del orden jerárquico constitucional.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13162
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal

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