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Título : Cuantificación jurídica de la pena en el procedimiento abreviado.
Autor : Espinoza Bermeo, María Fernanda
metadata.dc.contributor.advisor: Vivar Álvarez, Juan Carlos
Navarrete Luque, Corina Elena
Palabras clave : PROCEDIMIENTO ABREVIADO;DERECHO PENAL;SEGURIDAD JURÍDICA;LEGALIDAD;DEBIDO PROCESO
Fecha de publicación : 6-may-2019
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The Special Abbreviated Procedure is applied by complying with the normative budgets established in the COIP, which include the agreement of a penalty that can not be less than one third of the minimum sentence provided in the criminal type. The main objective of the present investigation is to promote the reform to clause 3 of Article 636 of the COIP, since it does not specify the maximum penalty to be imposed. For this, it will try to base theoretically, doctrinally and jurisprudentially the methods or criteria for the individualization of the penalty; subsequently, the procedure for the quantification of the penalty in the abbreviated procedure will be determined. It is also necessary to study the constitutional principles of legality and proportionality. The Constitution of the Republic defines the competence of the law to establish proportional penalties, which translates into the power of legislators to establish punitive behavior and sanctions. In application of the principle of legality, the penalties must be applied to the literal wording of the criminal law, with this, the penalty or the range of punishment, which can be dosed by the judge, must be inserted and expressly expressed in the criminal legislation. Once the theoretical foundation has been made, the criteria for the quantification of the penalty and the study of the principles are known, the maximum penalty that can be imposed by the abbreviated procedure will be established. Finally, law will be developed compared with regional criminal legislation on the quantification of punishment.
Descripción : El Procedimiento Especial Abreviado se aplica mediante el cumplimiento de los presupuestos normativos que se establecen en el COIP, entre los que se incluye el acuerdo de una pena que no puede ser inferior al tercio de la pena mínima dispuesta en el tipo penal. La presente investigación tiene como principal objetivo la promoción de la reforma al inciso 3 del Artículo 636 del COIP, puesto que no específica el máximo de pena a imponerse. Para ello, se tratará de fundamentar teórica, doctrinal y jurisprudencialmente los métodos o criterios para la individualización de la pena; posteriormente, se determinará el procedimiento para la cuantificación de la pena en el procedimiento abreviado. Es necesario, además, estudiar los principios constitucionales de legalidad y proporcionalidad. La Constitución de la República, define la competencia de la ley para establecer penas proporcionales, lo cual se traduce en la potestad de los legisladores para establecer las conductas punitivas y las sanciones. En aplicación del principio de legalidad, las penas se deben aplicar al tenor literal de la norma penal, con ello, la pena o el rango de pena, del cual puede dosificar el juzgador, debe encontrarse inserta y expresa taxativamente en la legislación penal. Una vez realizada la fundamentación teórica, conocido los criterios para la cuantificación de la pena y el estudio de los principios, se establecerá el máximo de la pena que puede imponerse mediante el procedimiento abreviado. Por último, se desarrollará derecho comparado con las legislaciones penales regionales sobre la cuantificación de la pena.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13178
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal

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