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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13763
Título : | Responsabilidad de los últimos socios de la Compañía Anónima por obligaciones sobrevenidas a su cancelación en el Registro Mercantil. |
Autor : | Aguirre Wagner, Isabel Cristina |
metadata.dc.contributor.advisor: | Mendoza Colamarco, Elker Pavlova |
Palabras clave : | DERECHO SOCIETARIO;COMPAÑÍA ANÓNIMA;VELO SOCIETARIO;LLAMAMIENTO DE ACREEDORES;OBLIGACIONES SOBREVENIDAS;SEGURIDAD JURÍDICA;VIRTUD DE GARANTÍA |
Fecha de publicación : | 28-ago-2019 |
Editorial : | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Resumen : | The Public Limited Company is a corporation that aims to generate profit for its members through commercial transactions with a heritage that despite the fact that is comprised by the contribution of them, it enjoys of full independence, so the obligations incurred by it, should not be confused between these. This autonomy of heritage, arises from the theory of the corporate veil as a shareholder protection, limiting its liability to the amount contributed. The problem emerges at the time the company completes its legal life, accomplishes the legal liquidation process, a remnant is awarded to former members, the company is canceled in the Commercial Register; and appears unknown creditors, to whom the law recognizes the right to file a claim for such “supervening obligations”. So the question arises, Is it enforceable in all cases to make the shareholders of a company that has been cancelled its registry, the obligations acquired by it based on solidarity established by law?, Isn’t the remaining awarded to shareholders, heritage of the partner ?. Whereas, the legislation provides special and determined cases in which, only once the fraud has been proved, is when the corporative veil could be a lifted and make the members be jointly responsible; is clear the need to implement measures that will allow the last members enjoy legal certainty, once completed the full process of liquidation, in which has the apparent result of non-existence of outstanding obligations, so that payment may not being required to the shareholders under the guarantees of due process. |
Descripción : | La Sociedad Anónima es una compañía que tiene como fin generar lucro para sus miembros, a través de operaciones mercantiles realizadas con un patrimonio que nace del aporte de ellos, pero que goza de total independencia, por lo que las obligaciones contraídas por ella, no debe confundirse entre estos.Esta independencia o autonomía del patrimonio, trae consigo la teoría del velo societario como una protección a los accionistas, delimitando su responsabilidad al monto aportado. La problemática surge al momento en que la compañía termina su vida jurídica, sigue el proceso de liquidación legal, se adjudica un remanente a sus antiguos miembros, es cancelada en el Registro Mercantil; y comparecen acreedores desconocidos, a quienes la ley reconoce el derecho de acción para tales obligaciones como “sobrevenidas”. Por lo que surge la interrogante, ¿Es en todos los casos exigible a los accionistas de una compañía cancelada, las obligaciones contraídas por esta, en base a la solidaridad establecida por la ley?, ¿No es acaso el remanente adjudicado a los accionistas, patrimonio del socio?. Considerando que, la legislación contempla casos taxativos en los que una vez demostrado el dolo, es cuando habrá un levantamiento del velo societario y serán solidariamente responsables; resulta evidente la necesidad de implementar medidas que permitan que los últimos miembros, gocen de seguridad jurídica, siempre que se haya cumplido el trámite completo de liquidación, que tenga como resultado aparente la no existencia de obligaciones pendientes, y no les sea exigido dicho pago en virtud de las garantías del debido proceso. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13763 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho |
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