DSpace logo
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13789
Título : Derecho a la resistencia : limitaciones y problemática de su ejercicio legítimo.
Autor : Barberán Flores de Valgas, Gema Nataly
Lara Martínez, Arturo Israel
metadata.dc.contributor.advisor: Monar Viña, Eduardo Xavier
Palabras clave : DERECHO CONSTITUCIONAL;DERECHO A LA RESISTENCIA;SEGURIDAD JURÍDICA;CORTE CONSTITUCIONAL
Fecha de publicación : 28-ago-2019
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The Constitution of 2008 incorporated in Article 98 the right to resistance, which is a moral right and proper to the nature of the human being, which means that it is the obligation of the state -Article 11 numeral 9- to promote law enforcement, since there is no interpretation to exercise this right, we are in a legal oblivion that is resolved according to the discretion of the judges. Right to resistance allows "resist the law", therefore is necessary to have mandatory parameters and not only doctrinal limits that determine its field of action. For this reason, the Constitutional Court in its work of maximum interpreter of the Constitution must clarify the criteria for a legitimate exercise of the right to resistance, this is why invoking it generates uncertainty about its application and may attempt against legal security.
Descripción : La Constitución del 2008 incorporó en el artículo 98 el derecho a la resistencia, que si bien es un derecho moral y propio de la naturaleza del ser humano, al estar reconocido en la Carta Magna se vuelve el deber del Estado –en virtud del artículo 11 numeral 9- respetar y hacer respetar el mismo, por lo que al no existir interpretación alguna referente a la forma de ejercer este derecho, nos encontramos en un limbo jurídico que se resuelve según la discrecionalidad de los juzgadores cuando este es invocado. Al hablar de un derecho que permite “resistir el derecho” son necesarios parámetros con carácter obligatorio y no solo doctrinarios que determinen su campo de acción. Por este motivo, la Corte Constitucional en su labor de máximo intérprete de la Constitución debe esclarecer los criterios para un legítimo ejercicio del derecho a la resistencia, puesto que en la actualidad al no existir ninguno, invocarlo genera incertidumbre sobre su procedencia y puede atentar contra la seguridad jurídica.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13789
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
T-UCSG-PRE-JUR-DER-479.pdf619,14 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons