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Título : Nueva situación jurídica aplicada al apremio personal de alimentos.
Autor : Peñaloza Carrillo, Ruth Alexandra
metadata.dc.contributor.advisor: Vizueta Rogasner, Xavier Héctor
Palabras clave : APREMIO PERSONAL;PENSIONES ALIMENTICIAS;JUICIO DE ALIMENTOS;DERECHO DE ALIMENTOS
Fecha de publicación : 26-ago-2019
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Descripción : Desde el “Código de Menores de Edad” de 1938 época en la que se desarrolla el funcionamiento de los Tribunales de Menores de Edad, Corte de Menores de Edad, entre otros organismos que permitían administrar justicia a favor de niños, niñas y adolescentes del Ecuador. La Constitución de 1998.- Obliga a cualquiera de los progenitores a proveer de los recursos necesarios para el bienestar de sus hijos (Vestimenta, vivienda, educación, salud) en caso de estar estudiando se extiende las pensiones hasta los veintiún años. El apremio procede a petición de parte, una vez realizada su constatación que será el único documento válido emitido por la entidad financiera, en primera instancia o primera vez, se emite el apremio personal de alimentos por treinta días y sus autoridades están en la obligación de garantizar el cumplimiento de los derechos de los alimentados. Cumplir y hacer cumplir las leyes de la Constitución de la República del Ecuador.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/13798
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED)

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