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Título : Análisis jurídico sobre la reforma del COIP en el juzgamiento y sanción de delitos contra la mujer y miembros del núcleo familiar.
Autor : Salazar Erazo, Jessica Lissette
metadata.dc.contributor.advisor: Toscanini Sequeira, Paola María
Palabras clave : DERECHO PENAL;VIOLENCIA INTRAFAMILIAR;PROCEDIMIENTO ABREVIADO;REHABILITACIÓN INTEGRAL;REVICTIMIZACIÓN;SUSTANCIACIÓN
Fecha de publicación : 29-ago-2020
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The Constitution of the Republic of Ecuador, a legal and political norm, in force since 2008, makes mention of special procedures for the prosecution and punishment of crimes of domestic violence in its article 81, procedures that seek a rapid response by justice or specialized attention to certain criminal types, however, in the Comprehensive Organic Penal Code (COIP), the legal body that regulates the criminal system in the country, only established 4 types of procedures, and although within them, It pronounces on the procedure regarding intrafamily violence violations in its article 643, but not on crimes, and it is not until June 21 of this year that the new reforms to this code come into force, where establishes a procedure for these crimes, called “Unified, special and expedited procedure for the trial and punishment of crimes of violence against women or members of The family nucleus ”, however, what it typifies still reveals, on the one hand, the non-observance of a very important constitutional principle, which is not to re-victimize the victim and, on the other, the non-observance of a comprehensive rehabilitation of the perpetrator, and that, since the family is the nucleus of society, it is important to understand that it is the duty of the State to focus on laws that are aimed not only at judging, but also at preventing new infractions and nipping the problem at its roots, to prevent the pattern of violence is repeated.
Descripción : La Constitución de la República del Ecuador, norma de carácter jurídico y político, vigente desde el 2008, hace mención sobre procedimientos especiales para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar en su artículo 81, procedimientos que buscan una rápida respuesta por parte de la justicia o la atención especializada a ciertos tipos penales, sin embargo, en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuerpo legal que norma el sistema penal en el país, solo establecía 4 clases de procedimientos, y si bien dentro de ellas, se pronuncia sobre el procedimiento en cuanto a las contravenciones de violencia intrafamiliar en su artículo 643, pero no así sobre los delitos, y no es hasta el 21 de junio de este año que entra en vigencia las nuevas reformas a este código, en donde recién se establece un procedimiento para estos delitos, llamado “Procedimiento unificado, especial y expedito para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar”, no obstante, lo que tipifica aún sigue develando, por un lado, la inobservancia de un principio constitucional muy importante que es el de no revictimizar a la víctima y por otro, la inobservancia, de una rehabilitación integral del victimario, y que, siendo la familia el núcleo de la sociedad, es importante comprender que es deber del Estado enfocarse en leyes que estén orientadas no solo en juzgar, sino también en prevenir nuevas infracciones y cortar de raíz el problema, para evitar que el patrón de violencia se repita.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/15694
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED)

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