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Título : El silencio administrativo en el recurso de apelación en el Código Orgánico Administrativo.
Autor : Bonilla Sabando, Irving Josué
metadata.dc.contributor.advisor: Benavides Verdesoto, Ricky Jack
Palabras clave : ACTO ADMINISTRATIVO;SILENCIO ADMINISTRATIVO;DERECHO DE PETICIÓN;APELACIÓN;IMPUGNACIÓN
Fecha de publicación : 28-ago-2020
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : Our Constitution recognizes the right of petition, which requires that the Administration responds in a timely and motivated manner to what is required by the citizen. The law that regulates administrative actions establishes as a general rule the administrative silence with estimating effects; the administrative silence may vary according to their effects, since it may be either a legal fiction that gives the same effects of an express administrative act or a simple procedural rule that allows the petitioner to appeal in the justice system. In the other hand, our legislation establishes that any affected parties can appeal an unfavorable Administrative Decision to the same agency level. This right of administrative appeal is exercised through the administrative review and the administrative appeal; in the administrative review the law explicitly stresses the negative effects in case of no notice of the resolution, however in the administrative appeal exists a legal vacuum without specific rules of what effects it could have, then, the possible consequences are legal fiction that grants the requests, rejects the requests or even none effects at all.
Descripción : En la Constitución de la República se reconoce el derecho de petición, derecho que obliga a la administración a responder motivada y oportunamente lo requerido por el ciudadano. Asimismo, la ley que regula las actuaciones administrativas establece como regla general el silencio administrativo con efectos estimatorios, el silencio administrativo a su vez, puede variar de acuerdo a los efectos que tenga, pues puede ser o bien una ficción legal que le otorga todos los efectos de un acto administrativo expreso o una simple regla procesal que permite al peticionario recurrir ante la vía contenciosa o administrativa que corresponda. Por otro lado, nuestra legislación reconoce las formas de impugnar en vía administrativa, a través de los recursos de revisión y apelación, en el recurso de revisión se señala de forma expresa cuáles son los efectos en caso de no contestación, así en el recurso de apelación; por lo que al existir un vacío de qué efectos podría tener, aparecen las posibles consecuencias de efectos estimatorios, desestimatorio o inclusive ninguno de estos.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/15713
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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