DSpace logo
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/17696
Título : La declaratoria de abandono en procesos civiles y su efecto violatorio a la tutela judicial efectiva.
Autor : Dávila Velastegui, Dennys Alejandro
metadata.dc.contributor.advisor: Vivar Álvarez, Juan Carlos
Palabras clave : DEBIDO PROCESO;ABANDONO;ORDENAMIENTO LEGAL;DERECHO CONSTITUCIONAL
Fecha de publicación : 7-dic-2021
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : Abandonment is the deliberate resignation by the actor to follow a procedure, without prejudice to the fact that it is reserved to follow another claim with the same claim, since it is the abandonment of a procedural claim and not a legal claim. The General Organic Code of Processes allows the abandonment of the process in the first instance, second instance or cassation when all the parties that appear in the process have ceased in its prosecution during the term of eighty days, but its effect of first instance is that it is not may file a new lawsuit, which violates the right to effective judicial protection of access to justice, limiting the person to lose their legal claim, violating the due process that must exist in all judicial proceedings. Objectives: General.- Create an analytical document which is evidenced as the declaration of violent abandonment of the fundamental right to effective judicial protection. Methodology: Qualitative research design, with exploratory, descriptive and explanatory scope. Results: From the study of the abandonment of the processes, it should not limit its legal claim to follow a new action, it must be regulated that the abandonment of the first instance, guaranteeing effectiveness and efficiency in the public administration.
Descripción : El abandono es la renuncia deliberada por parte del actor de seguir un procedimiento, sin perjuicio que se reserve seguir otra demanda con la misma pretensión, por cuanto se trata del abandono de una pretensión procesal y no de una pretensión jurídica. El Código Orgánico General de Procesos (2019) estipula que procede el abandono de los procesos que se puede dar en primera y segunda instancia y casación, cuando los sujetos procesales han dejado de continuarlo por un término de tiempo de ochenta días, luego de ello en primera instancia no se puede proponer una nueva demanda, situación que vulnera el derecho y pretensión jurídica a la tutela judicial efectiva que para muchas personas puedan acceder a la justicia, generando una controversia al debido proceso dentro de los procesos judiciales. Como objetivo general del estudio se espera crear un documento analítico el cual evidencie como la declaratoria de abandono violenta el derecho fundamental a la defensa judicial efectiva. El diseño de investigación es cualitativo, con alcance exploratorio, descriptivo y explicativo. Como resultado se evidenció que el estudio del abandono de los procesos no debe limitar su pretensión jurídica de seguir una nueva acción, debe regularse que el abandono de primera instancia, garantizando eficacia y eficiencia en la administración pública.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/17696
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
T-UCSG-POS-MDDP-118.pdf1,78 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons