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Título : Derecho de resistencia y vandalismo en el contexto de las protestas de octubre de 2019.
Autor : Inca Granja, Josué Sebastián
metadata.dc.contributor.advisor: Zavala Vela, Diego Andrés
Palabras clave : DERECHO PENAL;VIOLENCIA;PROBLEMA SOCIAL;TERRORISMO;SUBSIDIO DE COMBUSTIBLE
Fecha de publicación : 20-feb-2022
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The right to resistance is enshrined in article 98 of the constitution of the republic of the Ecuador, but despite that it does not have a solid definition, leaving its interpretation to reasoning and in some cases convenience of each one, in 2019, more specifically the protests of the month of October, which were called by different sectors of the population, with the protagonist of the transport guild and the indigenous movement, with the aim of showing their discomfort against the economic measures adopted by the government of then President Lenin Moreno, more specifically the Provision materialized in decree 883, which eliminated the fuel subsidy thus increasing its value. These mobilizations were the scene of different types of events by protesters, especially those linked to the indigenous movement, acts ranging from attacks on both civilians, members of the media and emergency services to the destruction of buildings, acts that tried to be justified with the exercise of the right to resistance, but due to their aggressive nature and some cases labeling violence and savagery, many chose to classify. This work will try to clarify whether the acts that occurred in the October 2019 protests can be classified as an exercise of the right to resistance or if they fit within vandalism or terrorist behaviors, considering the conception of international organizations, authors, foreign legal systems and national ones with respect to the aforementioned conduct.
Descripción : El derecho a la resistencia esta consagrado en el art. 98 de la constitución de la republica del ecuador, pero a pesar de eso no cuenta con una definición sólida, dejando su interpretación a razonamiento y en algunos casos conveniencia de cada uno, el año 2019, mas en concreto las protestas del mes de octubre, las cuales fueron convocadas por distintos sectores de la población, con el protagonismo del gremio de transportistas y el movimiento indígena, con el objetivo de mostrar su malestar contra las medidas económicas adoptadas por el gobierno del entonces presidente Lenin Moreno, mas en concreto la disposición materializada en el decreto 883, que eliminaba el subsidio a los combustibles aumentando así su valor. Estas movilizaciones fueron escenario, de distintos tipos de acontecimientos por parte de los manifestantes, en especial los vinculados al movimiento indígena, actos que van desde agresiones tanto a civiles, miembros de los medios de comunicación y servicios de emergencias hasta la destrucción de edificios, actos que trataron de ser justificados con el ejercicio del derecho a la resistencia, pero por su naturaleza agresiva y algunos casos tachando en la violencia y el salvajismo, muchos optaron por catalogar dichos actos como vandalismo o incluso en algunos casos como terrorismo. Mediante el presente trabajo se intentará aclarar si los actos acontecidos en las protestas de octubre de 2019 pueden catalogarse como ejercicio del derecho a la resistencia o si caben dentro de las conductas de vandalismo o terrorismo, tomando en cuenta la concepción de organismos internacionales, autores, ordenamientos jurídicos extranjeros y el nacionales con respecto a las ya mencionadas conductas.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/18636
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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