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Título : El respeto al debido proceso y el derecho a la defensa en el procedimiento directo.
Autor : Zambrano Zambrano, Priscila Natividad
metadata.dc.contributor.advisor: Vivar Álvarez, Juan Carlos
Palabras clave : DEBIDO PROCESO;DERECHO A LA DEFENSA;SEGURIDAD JURÍDICA;LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Fecha de publicación : 27-jul-2022
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : Ecuadorian legislation must guarantee respect for the rights derived from applicable laws, since guaranteeing adequate and timely protection is an important right in any trial. Hence, the objective of the investigation is given by examining whether the direct procedure established in Art. 640 of the Organic Comprehensive Criminal Code at the time of being substantiated by the parties ensures compliance with the basic guarantees of due process and the right to justice. defense that implies all criminal proceedings that are governed by constitutional principles, being the mixed investigation, that is to say qualitative and quantitative, of a documentary and field bibliographic type, obtaining as results that the majority of judges, lawyers and prosecutors considered that the direct procedure does not it is used in the majority of flagrant crimes, since it is only appropriate in those crimes sanctioned with imprisonment of up to 5 years and that are not linked to crimes against humanity, concluding that Ecuadorian legislation gives only 20 days for the hearing and the announcement of the test must be submitted 3 days before the request for hearing, q It takes 17 days to prepare for the defense, which prevents an effective technical defense.
Descripción : La legislación ecuatoriana debe garantizar el respeto a los derechos derivados de las leyes aplicables, y garantizar de una forma adecuada y oportuna la tutela judicial efectiva, que es un derecho importante en todo proceso legal dentro de un juicio. De ahí que el objetivo de la presente investigación es dar por examinar si el procedimiento directo establecido en el Art. 640 del Código Orgánico Integral Penal al momento de ser sustanciado por las partes asegura el cumplimiento de las garantías básicas del debido proceso y el derecho a la defensa que implica todo proceso penal en el que debe primar los principios constitucionales, siendo la investigación mixta, es decir cualitativa y cuantitativa, de tipo bibliográfica documental y de campo, obteniendo como resultados que mayoría de jueces, abogados y fiscales encuestados consideran que el procedimiento directo no es utilizado en la mayoría de delitos flagrantes, dado a que el mismo únicamente es procedente en aquellos delitos sancionados con penas privativas de libertad de hasta 5 años y que no se vinculen con delitos de lesa humanidad, u otros delitos, concluyendo que la legislación ecuatoriana da solo 20 días para la audiencia de juicio y el anuncio de prueba debe realizarse según la regla general 3 días antes de la solicitud de audiencia final, quedando 17 días preparación para la defensa, lo cual impide contar con el tiempo oportuno para realizar una defensa técnica efectiva e imparcial.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19076
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal

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