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Título : La sentencia 28-15-IN de la Corte Constitucional del Ecuador : ¿Un caso de acción afirmativa?.
Autor : Paredes Vallejo, Natalia Alexandra
Párraga Gusqui, Johanna Ninoska
metadata.dc.contributor.advisor: Briones Velasteguí, Marena Alexandra
Palabras clave : DERECHO CONSTITUCIONAL;JUSTICIA CONSTITUCIONAL;JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL;ACCIÓN AFIRMATIVA
Fecha de publicación : 15-sep-2022
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The unconstitutionality of article 106 #2 and #4 of the Organic Code of Childhood and Adolescence is stated in case no. 28-15-IN, which contained the preference rule over the mother when granting child custody in case there was no agreement between the father and the mother, despite the fact that both parents are found to be in equal conditions. During the case development, the possibility that the maternal preference was an affirmative action measure was raised. This paper analyzes the figure of affirmative action, which consists of preferential treatment in favor of members of groups that have suffered systematic and historical discrimination in various areas of social life such as labor, education and politics. Gender perspective allows to determine whether a provision is favorable to women, or whether it responds to cultural conceptions. Based on these criteria, we can conclude that maternal preference does not fulfill the purpose of affirmative action, which is to vindicate the rights of people in situations of inequality.
Descripción : En el caso no. 28-15-IN se declara la inconstitucionalidad del artículo 106 #2 y #4 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia que contenía la regla de preferir a la madre al momento de otorgar la patria potestad en caso de no haber acuerdo entre el padre y la madre, a pesar de que ambos padres se encontraran en igualdad de condiciones. En el desarrollo del caso se planteó la posibilidad de que la preferencia materna se tratara de una medida de acción afirmativa. El presente trabajo analiza la figura de acción afirmativa que consiste en un tratamiento preferencial a favor de los miembros de grupos que han sufrido actos de discriminación sistemática e histórica en diversos ámbitos de la vida social como en el laboral, educacional y política. La perspectiva de género permite dar cuenta de si una disposición es favorable para la mujer, o si esta responde a concepciones culturales. Es a partir de estos criterios que podemos decir que la preferencia materna no cumple con el propósito de la acción afirmativa, el cual es la reivindicación de los derechos de las personas en situación de desigualdad.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19616
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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