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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19980
Título : | La Tenencia Compartida en el Ecuador : necesidad de implementación de una reforma normativa en la legislación ecuatoriana. |
Autor : | Cedeño Orellana, Flor Josselyn |
metadata.dc.contributor.advisor: | Portugal Suárez, José Manuel |
Palabras clave : | DERECHO DE FAMILIA;DIVORCIO;INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO;DESARROLLO INTEGRAL |
Fecha de publicación : | 4-sep-2022 |
Editorial : | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Resumen : | In Ecuador, Custody is ceded to the mother in more than 90% of cases, so there is a gender gap, which does not contribute to the strengthening of parent-child relationships, on the contrary, it leads to a dispute between the progenitors after There may be a divorce or separation, and also to a series of ideologies in children, destroying their emotional life, and harming their integral development. So, the reform to article 118 of the Code of Childhood and Adolescence, brings with it the desired implementation of shared custody. Therefore, the Constitutional Court declared the unconstitutionality of article 106, numerals 2 and 4 of the Code of Childhood and Adolescence, which establish maternal preference, for this reason, it is intended to avoid situations that cause discrepancies in the family nucleus, in order to respect the right of the principle of equality, the integral development of the child and protects the best interests of the child. Finally, shared custody has been applied in several countries, which has resulted in the effectiveness and solution of this conflict in families, therefore, the fundamental objective of this article is to create a balanced culture, where children grow up in harmony and maintain ties with both progenitors |
Descripción : | En Ecuador, la Tenencia se cede más del 90% de los casos a la madre, por lo que existe una brecha de género, que no contribuye al fortalecimiento de las relaciones Parento filiales, al contrario, conlleva a una disputa entre los progenitores después de existir un divorcio o separación, y asimismo a una serie de ideologías en los niños, destruyendo su vida emocional, y perjudicando a su desarrollo integral. De modo que, la reforma al artículo 118 del Código de la Niñez y Adolescencia, trae consigo la deseada implementación de la tenencia compartida. Por consiguiente, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 106 numerales 2 y 4 del Código de la Niñez y Adolescencia, que establecen la preferencia materna, por esta razón, se pretende evitar situaciones que provocan discrepancias en el núcleo familiar, con el fin de respetar el derecho del principio a la igualdad, el desarrollo integral del niño y proteger el interés superior del mismo. Finalmente, la tenencia compartida ha sido aplicada en varios países, lo que ha llevado como resultado la eficacia y solución de este conflicto en las familias, por lo tanto, el objetivo fundamental de este artículo es crear una cultura equilibrada, donde los niños crezcan en armonía y conserven una relación afectiva con ambos progenitores. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/19980 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED) |
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