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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/20167
Título : | La recepción de pleno derecho prevista en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el debido proceso. Propuesta para la determinación de un procedimiento adecuado. |
Autor : | Aguayo Zapata, Simón Julián |
metadata.dc.contributor.advisor: | Benavides Verdesoto, Ricky Jack |
Palabras clave : | DERECHO NOTARIAL;PRINCIPIOS NOTARIALES;ACTIVIDAD NOTARIAL;LEGISLACIÓN ECUATORIANA;SEGURIDAD JURÍDICA;DEBIDO PROCESO |
Fecha de publicación : | 11-nov-2022 |
Resumen : | In Ecuador, the activity of notaries is governed by the Notarial Law, which establishes the powers that can be fulfilled as auxiliary bodies of the Judicial function, since Article 18 of the aforementioned Law determines which are the exclusive attributions of these officials. However, the Organic Law of the National System of Public Procurement, gives them the power to intervene in the process of receiving administrative contracts, notifying the contracting entity or the contractor, when there is silence about the request to comply with the reception of the contract, in these cases the notary intervenes at the request of the party, making a notification, so that it operates in this way the reception of the contract, generating a reception in full right. In this work, it is important to determine whether the regime established in Ecuadorian legislation is sufficient to regulate the reception of full rights or if there are limitations that put at risk the due process and the principles that govern the notarial activity, for this a bibliographic analysis is developed, doctrinal and legal, which is strengthened with the opinions of notaries and lawyers. All the information collected allows the end of the work to present conclusions, recommendations and a proposal. |
Descripción : | En el Ecuador, la actividad de los notarios está regida por la Ley Notarial, que establece las atribuciones que pueden cumplir como órganos auxiliares de la función Judicial, pues el Art. 18 de la referida Ley determina cuales son las atribuciones exclusivas de estos funcionarios. Sin embargo, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, les da facultad para que puedan intervenir en el proceso de recepción de los contratos administrativos, notificando a la entidad contratante o al contratista, cuando existe silencio respecto de la solicitud para que cumpla con la recepción del contrato, en estos casos el notario interviene a petición de parte, realizando una notificación, para que opere de esta forma la recepción del contrato, generándose una recepción de pleno derecho. En este trabajo interesa determinar si el régimen previsto en la legislación ecuatoriana es suficiente para regular la recepción de pleno derecho o si existen limitaciones que ponen en riesgo el debido proceso y los principios que rigen la actividad notarial, para esto se desarrolla un análisis bibliográfico, doctrinal y jurídico, que se afianza con las opiniones de notarios y abogados. Toda la información recopilada permite al final del trabajo presentar conclusiones, recomendaciones y una propuesta. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/20167 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho, Mención en Derecho Notarial y Registral |
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