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Título : Derecho a la intimidad y la obligatoriedad de establecer el divorcio en la cédula.
Autor : De la Rosa Bazán, María Fernanda
metadata.dc.contributor.advisor: García Auz, José Miguel
Palabras clave : DERECHO CONSTITUCIONAL;DERECHO A LA INTIMIDAD;PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES;DERECHOS HUMANOS
Fecha de publicación : 2-sep-2023
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The Organic Law for the Management of Identity and Civil Data of Ecuador (Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, in spanish) establishes that the identity card is the public document whose purpose is to identify persons and will have legal validity for all public and private acts. However, such document must contain various data, among which is the civil status. In this order of ideas, the law, in an indirect manner, establishes as mandatory the registration of the civil status of divorce in a public document that is used to identify oneself, which may violate the right to privacy of individuals to keep reserves on their private life, the protection of personal data and informational self-determination. This results in that people who have divorced either by mutual agreement or by causes originated by one of them as established in the Civil Code, have the obligation to establish this in their identity card, which is also a document used to identify themselves. This generates a problem when, by establishing a personal and, in turn, sensitive data in a public document, this information is exposed to the knowledge of any person, preventing the freedom and the right of individuals to establish what data to share about their lives. This paper analyzes the possible violation of constitutional precepts in Art. 94 no. 7 of the Organic Law on Identity and Civil Data Management.
Descripción : La Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles establece que la cédula es el documento público que teniendo como objeto el identificar a las personas, tendrá validez jurídica para todos los actos públicos y privados. No obstante, dicho documento debe contar con diversos datos, entre los cuales se encuentra el estado civil. En este orden de ideas, la ley, de manera indirecta, establece como obligatorio el registro del estado civil de divorcio en un documento público que se utiliza para identificarse, lo que puede vulnerar el derecho a la intimidad de las personas a guardar reservas sobre su vida privada, la protección de datos personales y la autodeterminación informativa. Esto arroja como resultado que las personas que se han divorciado ya sea por mutuo acuerdo o por causales originadas por uno de ellos como establece el Código Civil, tengan la obligación de establecer esto en su cédula que además es un documento que utilizan para identificarse. Esto genera un problema cuando, al establecer un dato personal y, a su vez sensible, en un documento público, esta información se expone al conocimiento de cualquier persona, impidiendo la libertad y el derecho de las personas a establecer qué datos compartir sobre su vida. En el presente trabajo se analiza la posible vulneración de los preceptos constitucionales en el Art. 94 núm.7 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/21999
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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