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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22949
Título : | Alienación y anomia en la finalidad del proceso de selección y revisión de la Corte Constitucional. |
Autor : | Moreno Fernández, María Laura |
metadata.dc.contributor.advisor: | Paredes Cavero, Ángela María |
Palabras clave : | DERECHO CONSTITUCIONAL;SEGURIDAD JURÍDICA;FONDO DE SENTENCIAS;MARCO JURÍDICO |
Fecha de publicación : | 8-abr-2024 |
Editorial : | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
Resumen : | This work exposes a LEGAL problem of alienation and anomie regarding the process of selection and review of sentences, which the Constitutional Court has to create precedent. The Court DOUBLE distorts the purpose of the process; a)- because a jurisprudential development is expected on the core concept of constitutional rights and guarantees, and instead, the Court limits itself to ratifying the content of the previous ruling, which makes it difficult to understand the true purpose of this process in the practice. b)- uses this process for a different purpose, which is to RATIFY the merits and/or MODIFY the sentence, affecting the right to legal security of the parties in the process, article 82 of the Constitution of the Republic of Ecuador, (in forward CE). This Act implies assuming that there is another procedural instance, affecting res judicata as happens in the sentence example 166-12-JH/20 (deprivation of liberty by individuals) which RATIFIES THE PREVIOUS SENTENCE 7 years later. Neither article 436 – 6 of the EC, nor article 25 of the Organic Law of Jurisdictional Guarantees and Constitutional Control (hereinafter LOGJCC), enable a selection and review process and powers to RESOLVE AND/OR RATIFY (the substance of a final sentence). Furthermore, since it affects the right to legal security of the parties, it should be treated under the RESERVATION OF LAW (articles 82; 132-1 and 133-2 of the EC), therefore, the Court needs a prior law to use this process with a purpose other than giving precedents. |
Descripción : | Este trabajo expone un problema JURÍDICO, de alienación y anomia sobre el proceso de selección y revisión de las sentencias, que tiene la Corte Constitucional de crear precedente. La Corte desvirtúa DOBLEMENTE la finalidad del proceso; a)- porque se espera un desarrollo jurisprudencial sobre el concepto nuclear de los derechos y garantías constitucionales, y en vez de ello, la Corte se limita a ratificar el contenido de la sentencia anterior, lo que dificulta comprender la verdadera finalidad de este proceso en la práctica. b)- utiliza este proceso con otro fin distinto, que es RATIFICAR el fondo y/o MODIFICAR la sentencia, afectando al derecho a la seguridad jurídica de las partes en el proceso, artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador (en adelante CE). Este Acto implica asumir que hay otra instancia procesal, afectando a la cosa juzgada como sucede en la sentencia ejemplo 166-12-JH/20 (privación de la libertad por particulares) la cual RATIFICA LA SENTENCIA ANTERIOR 7 años después. Ni en el artículo 436 – 6 de la CE, ni en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (en adelante LOGJCC), habilitan un proceso y competencias de selección y revisión para RESOLVER Y/O RATIFICAR (el fondo de una sentencia firme). Además, al afectar el derecho a la seguridad jurídica de las partes, debería ser tratada bajo materia de RESERVA DE LEY (artículos 82; 132 – 1 y 133-2 de la CE), por tanto, la Corte necesita una ley previa para utilizar este proceso con otra finalidad distinta a dar precedentes. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22949 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED) |
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