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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/2395
Título : | La inaplicabilidad de las acciones ordinarias de protección en los trámites de visto bueno. |
Autor : | Correa Romero, Alexandra |
metadata.dc.contributor.advisor: | Solano Hidalgo, Patricia Emiliana |
Palabras clave : | DERECHO LABORAL;VISTO BUENO;CÓDIGO DEL TRABAJO;ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN;LEGISLACIÓN;DERECHO PROCESAL;ECUADOR |
Fecha de publicación : | 30-jun-2014 |
Descripción : | La realización de un proyecto de tesis conlleva una gran responsabilidad, responsabilidad hacia uno mismo, por cuanto los contenidos y exposiciones son de la propia autoría y responsabilidad hacia los demás, porque se debe realizar una investigación prolija que lleve a un resultado veraz. (Como muy bien nos indicaba en clases el Dr. Rivera), la investigación debe ser el motor principal que ayude a desarrollar cualquier proyecto de tesis. No existe un solo acto en la vida de los seres humanos que no se encuentre enmarcado o regulado por la Ley, así ha sido desde los albores de la humanidad, y no parece que el panorama vaya a variar gran cosa en lo venidero, ya que hasta el momento la humanidad no han encontrado un mejor sistema de convivencia civilizada que el Derecho, desde que fue inventado por los griegos y adquirió esplendor con los romanos. El trámite administrativo de visto bueno, ha sido durante años, el mecanismo con el cual el empleador ha puesto fin a la relación laboral con el trabajador, no obstante en años más recientes, el trabajador muchas veces pretende torcer esa decisión administrativa a través de la presentación de una acción de protección, figura contemplada en la Constitución de la República, y bajo ese nombre desde el año 2008. El presente trabajo, tiene como finalidad última demostrar que la acción de protección no es la vía adecuada para la reclamación de los derechos del trabajador que se creyere afectado por 10l trámite de visto bueno. No obstante lo expuesto, pudiera ser que en casos puntuales, efectivamente se esté vulnerando los derechos constitucionales del trabajador, en aquellas situaciones evidentemente la acción de protección sería la vía idónea para remediar esa injusticia. Como se indica en líneas precedentes, es el Derecho el camino civilizado para la solución de los conflictos entre los ciudadanos, que como cualquier sistema tiene sus falencias, sus fisuras y sus aristas, pero que también ofrece verdaderas soluciones a la hora de poner fin a los conflictos inter partes. |
URI : | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/2395 |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Procesal |
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