DSpace logo
Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/25765
Título : Titularidad de derechos inherentes a la dignidad humana por parte de las instituciones públicas en el Ecuador.
Autor : Cuadrado Wong, Verónica Sughey
metadata.dc.contributor.advisor: Cevallos Cedeño, Danny José
Palabras clave : DERECHOS FUNDAMENTALES;DERECHOS HUMANOS;ADMINISTRACIÓN PÚBLICA;GARANTÍAS CONSTITUCIONALES;TUTELA DE DERECHOS;LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Fecha de publicación : 18-nov-2025
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Descripción : En el presente análisis del caso No. 282-13-JP, del 04 de septiembre del 2019, el objeto del estudio se basa en la pretensión de demostrar si el estado ecuatoriano puede presentar acciones de protección, determinando si es viable que las instituciones del Estado las presenten de acuerdo con la jurisprudencia vinculante de la Corte Constitucional. El enfoque de este estudio es que a través de argumentos que sientan sus bases en la doctrina jurídica, pronunciamientos de la Corte Constitucional Ecuatoriana y mediante la hermenéutica jurídica se abordará un análisis de los principios en aparente conflicto, como resultados de la investigación. Este estudio irá desarrollando una visión novedosa ya que se señalará en qué casos, el Estado por medio de sus organismos, podrá presentar acciones de protección, ya que, al no ser un ser humano, los derechos fundamentales no lo amparan, más sin embargo el espíritu de esta garantía constitucional permite tutelar otros derechos que no estén ligados a la dignidad humana. Es importante mencionar que el Estado Ecuatoriano, de manera general no puede presentar acciones de protección por sí mismo contra particulares, salvo que fuere para precautelar los derechos de otra persona o en el caso de un funcionario público a título personal. El Estado no es titular de derechos fundamentales, estos son propios de los seres humanos y sus organismos, si bien son personas, más sin embargo entran en el campo de lo jurídico, por lo que el derecho a la dignidad humana, no es una herramienta que puedan utilizar para la tutela de derechos constitucionales.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/25765
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
UCSG-C341-25247.pdf424,53 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons