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Please use this identifier to cite or link to this item: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/4909
Title: La equidad como medio para resolución de conflictos por parte de los jueces de paz.
Authors: Bravo Altamirano, Krystel Daniella
Keywords: DERECHO PROCESAL ORGÁNICO;DERECHO CONSTITUCIONAL;EQUIDAD;JUEZ DE PAZ;CONFLICTO;CAPACITACIÓN;FUNCIÓN JUDICIAL
Issue Date: 12-Mar-2016
Description: La justicia de paz es una instancia de administración de justicia reconocida por la Constitución de la República en su artículo 189 y demás artículos del Código Orgánico de la Función Judicial y del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de la Justicia de Paz en el Ecuador. Los jueces de paz tendrán competencia exclusiva y obligatoria y podrán conocer de: conflictos individuales, vecinales, comunitarios, contravenciones y de obligaciones patrimoniales de hasta cinco salarios mínimos. Los jueces de paz no necesitarán ser abogados y serán elegidos por los propios moradores del lugar y así mismo podrán ser removidos por ellos. Tendrán la facultad de resolver los conflictos utilizando la equidad. El principio de equidad los dirige a resolver según los valores y principios vigentes en una comunidad y de acuerdo a su buen sentido de justicia. En ningún caso, sus resoluciones se irán contra el derecho ni contra los derechos fundamentales de las partes.
URI: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/4909
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