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Título : El delito de contrabando en la frontera terrestre - Puente Internacional Rumichaca y la ilegalidad en el procedimiento de aprehensión de mercancías por parte del personal de la unidad de vigilancia aduanera.
Autor : Vilatuña Molina, Félix Aníbal
metadata.dc.contributor.advisor: Jiménez Franco, Elizabeth del Pilar
Palabras clave : DELITOS ADUANEROS;CONTRABANDO;CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN;CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL;INVERSIONES;RETENCIÓN PROVISIONAL
Fecha de publicación : 12-sep-2017
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The phenomenon of smuggling has global connotation, and therefore both America and therefore in Ecuador we are not immune or alien to this problem that has gone from being considered as a simple crime to become a relevant problem both economic, social and legal since its rooting in the Ecuadorian society is worrisome. It is thus that smuggling has been adopted as an informal economic activity, that it is utopian to determine its magnitude. Nevertheless taking into account their characteristics and the large number of individuals who have made contraband their modus vivendi, in addition to the indicators related to sanctioning processes instituted and executed by this crime and the conflicting events that day by day are lived in the zones of entry to the country, especially at the land borders, it is blunt to say that this is a problem that becomes complex and measurable and mitigable every day. This is why the preparation of this paper seeks to analyze the action of the Customs Surveillance Unit in controlling the entry of people, means of transport and goods at the land border, specifically at the Rumichaca International Bridge Control Station in the province of the Carchi, in order to analyze its legal competence in the apprehension of goods in this sector, since it is a Primary Zone of the customs territory; since Art. 255 of the Regulations to the Organic Code of Production, Trade and Investment, says: "...The Customs Surveillance Unit will carry out operations related to the prevention of customs offenses, mainly in secondary areas, and when the Director General or the Deputy Director General of Operations in primary zones, carry out patrols, investigations, arrests and provisional retentions of goods to through its operating groups of control or the units that conform ... "This is where the question arises about the legality in the procedures of apprehensions realized by the UVA in the primary zone (Rumichaca Bridge), since there is no legal base that supports its functions and to act in the border zone.
Descripción : El fenómeno del contrabando tiene connotación a nivel mundial, y por ello tanto América y por ende en el Ecuador no somos inmunes ni ajenos a este problema que ha pasado de ser considerado como un simple delito a constituirse en un relevante problema tanto económico, social y legal puesto que su enraizamiento en la sociedad ecuatoriana es preocupante. Es así que el contrabando ha sido adoptado como una actividad económica informal, que resulta utópico determinar su magnitud. No obstante teniendo en cuenta sus características y la gran cantidad de individuos que han hecho del contrabando su modus vivendi, además de los indicadores relacionados con procesos sancionatorios instaurados y ejecutados por este delito y los eventos conflictivos que día a día se viven en las zonas de ingreso al país, sobre todo en las fronteras terrestres es contundente aseverar que este es un problema que cada día se vuelve complejo y poco medible y mitigable. Es por ello que la elaboración del presente trabajo busca analizar el actuar de la Unidad de Vigilancia Aduanera en el control del ingreso de personas, medios de transporte y mercancías en la frontera terrestre, específicamente en el Puesto de control de Puente Internacional Rumichaca en la provincia del Carchi, con el fin de analizar su legal competencia en la aprehensión de mercancías en este sector, puesto que se trata de una Zona Primaria del territorio aduanero; puesto que el Art. 255 del Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) textualmente dice: La Unidad de Vigilancia Aduanera ejecutará las operaciones relacionadas con la prevención del delito aduanero principalmente en las zonas secundarias y cuando el Director General o el Subdirector General de Operaciones lo dispongan, en zonas primarias, realizando patrullajes, indagaciones, aprehensiones y detenciones provisionales de mercancías a través de sus grupos operativos de control o las unidades que se conformaren. Es aquí en donde nace la interrogante sobre la legalidad en los procedimientos de aprehensiones realizadas por la UVA en la zona primaria (Puente Rumichaca), ya que no existe base legal que respalde sus funciones y actuar en la zona fronteriza.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/9491
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho (SED)

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