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Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22893
Título : La inteligencia artificial y sus efectos en las obras musicales.
Autor : Bermeo Altamirano, José Luis
Ramírez Miño, Marina Paulina
metadata.dc.contributor.advisor: Mendoza Colamarco, Elker Pavlova
Palabras clave : PROPIEDAD INTELECTUAL;DERECHO DE AUTOR;PATENTE;CÓDIGO DE INGENIOS;PROPIEDAD ARTÍSTICA;SISTEMA EXPERTO
Fecha de publicación : 23-abr-2024
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : The main objective of this thesis work is to promote a change in Ecuadorian law, through the “Código Orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación” specifically in the art. 108, By expanding the definition of copyright to include Artificial Intelligence, the following proposal seeks to grant copyright to musical works created by humans with the assistance of Artificial Intelligence or directly by machine through algorithms developed by Artificial Companies. In theory, the problem to be addressed is the lack of regulation concerning copyright for Works created by Artificial Intelligence, this is because currently the “Código Orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación” does not regulate copyright for works created by individuals with the help of AI or solely by Artificial Intelligence itself. In Ecuadorian the copyright system only accepts musical works when they are created with human intelligence, creativity, and originality, not allowing the use of Artificial Intelligence. To conclude, this thesis work will indicate how certain countries have protected creations made using Artificial Intelligence and will indicate how other countries have recently regulated Artificial Intelligence in terms of copyright.
Descripción : Este trabajo de titulación tiene como fin realizar un cambio en ley ecuatoriana, en el cual, por medio del Código Orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación específicamente en el art. 108 que habla sobre los titulares de los derechos de autor conste también la Inteligencia Artificial para otorgarle tal derecho y que las obras musicales que genere ya sean por el ser humano con la ayuda de la IA (Inteligencia Artificial) o propiamente por la máquina se encuentre protegida. En teoría, el problema a resolver es la falta de regulación que existe respecto a derechos de autor en la Inteligencia Artificial, esto se da, por motivo de que en el Código Orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación no se encuentra regulado los derechos de autor realizado por las personas con ayuda de la Inteligencia Artificial o solo efectuado por los sistemas artificiales. En el Ecuador el sistema de derechos de autor en las obras musicales solo es aceptada cuando se la realizan con la inteligencia, creatividad y originalidad humana, no aceptando que se utilice Inteligencia Artificial. Para finalizar, este trabajo indicará como ciertos países han protegido las creaciones hechas por la Inteligencia Artificial y también se indicará como otros países han regulado recientemente la Inteligencia Artificial con relación a derechos de autor.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/22893
Aparece en las colecciones: Trabajos de Titulación - Carrera de Derecho

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