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http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/8780
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Ávila Linzán, Luis Fernando | - |
dc.contributor.advisor | Rivera Herrera, Nicolás Belisario | - |
dc.contributor.author | Villa Sela, Janneth Elizabeth | - |
dc.date.accessioned | 2017-09-22T00:04:06Z | - |
dc.date.available | 2017-09-22T00:04:06Z | - |
dc.date.issued | 2017-09-08 | - |
dc.identifier.uri | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/8780 | - |
dc.description | La aplicación del Procedimiento Directo contemplado en el Código Orgánico Integral Penal en diversos procesos calificados como flagrantes ha vulnerado el Legítimo Derecho a la Defensa y la Tutela Judicial Efectiva de los sujetos procesales, al conceder sol o diez días para la Audiencia de Juicio. El Procedimiento Directo en el sistema procesal penal, compromete de manera latente y severa Derechos Constitucionales garantizados en la Carta Magna como el legítimo Derecho a la Defensa, impidiendo a las partes ejercer su defensa técnica y material satisfactoria en un lapso prudencial; y, la Tutela Judicial Efectiva, porque el Estado a través del poder judicial resuelve conflictos de relevancia jurídica imponiendo sanciones pese a no contar con suficientes pruebas de cargo y descargo, afectando los derechos del justiciable y víctima por falta de una efectiva actividad jurisdiccional. La modalidad empleada fue mixta, Cualitativa no interactiva y Cuantitativa no experimental. Se analizó temas como el Proceso Penal, el Derecho a la Defensa, el Procedimiento Directo; la Tutela Judicial Efectiva; etc, con doctrinarios como Camargo P., Vásquez Rossi; Benavides B, entre otros. Métodos de investigación empleados: Teóricos Histórico Lógico, análisis, síntesis, etc; y, Empíricos, con muestras físicas de procesos con Procedimiento Directo, conceptos, encuestas realizadas a profesionales del Derecho, Fiscales y Funcionarios Judiciales. Concluyendo que no es posible aplicar éste procedimiento especial sin la vulneración del Derecho a la Defensa y la Tutela Judicial Efectiva de los sujetos procesales, por el plazo señalado; y, el Defensor de las partes procesales no puede ejercer una Defensa Técnica y material adecuada; por lo cual es factible la propuesta de Reforma al Art. 640.4 del COIP, que ampliará a veinte días el plazo para realizar la Audiencia de Juicio, beneficiando a las partes procesales en la defensa de sus intereses. | en_US |
dc.format | application/pdf | en_US |
dc.language.iso | spa | en_US |
dc.publisher | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil | en_US |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | en_US |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | en_US |
dc.subject | DERECHO CONSTITUCIONAL | en_US |
dc.subject | DERECHO A LA DEFENSA | en_US |
dc.subject | TUTELA JUDICIAL EFECTIVA | en_US |
dc.subject | ECUADOR | en_US |
dc.title | La aplicación del procedimiento directo vulnera los derechos constitucionales de legítima defensa y tutela judicial efectiva de los sujetos procesales. | en_US |
dc.type | Examen complexivo de posgrado | en_US |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Constitucional |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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