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Title: La función notarial como acto propio.
Authors: Pino Bastidas, Omar David
metadata.dc.contributor.advisor: Blum Moarry, María José
Obando Freire, Francisco Marcelo
Keywords: FUNCIÓN NOTARIAL;SISTEMA NOTARIAL;ACTA NOTARIAL;ORDENAMIENTO JURÍDICO
Issue Date: 31-May-2018
Publisher: Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Abstract: It is indefensible that the fact that the notarial function carries out a transcendental role in the daily activities carried out by citizens. Contracts, commercial agreements, among other acts, are celebrated daily in the different notaries around the country. Hence, the notary, as notary, have authenticity such agreements and ensures that they go in accordance with what the law says. In accordance with the Ecuadorian Constitution of 2008, the notarial function or service is contemplated within the Judicial Function. In that sense, it plays a fundamental role in the preservation of legal security. In fact, the changes established in the Constitut io n established changes in the legal order. As of that moment, the notary was considered as an official organ of the judicial function, while the notarial function began to be considered as a public service (Delgado, 2015, p.8). All the institutions that exist today are the result of a need at a given moment in history. In this context, the notarial function is also integrated as an act of its own. In fact, the existing bibliography indicates that the beginnings of the notarial function are limited to the deals of commerce and real estate traffic. That is, the social reality itself, which is becoming more complex every day, has required the creation of different institutio ns, including the notarial function, but not as a law, but as a social necess ity. For all the above, this research seeks to mitigate the ambiguities of the notary in Ecuador, an activity that other research has placed between public service and private practice. (Delgado, 2015). Consequently, an effective notarial law that guarante es the public faith that the State grants to public notaries in the exercise of their functions is imperative.
Description: Es irrefutable que el hecho de que la función notarial desempaña un rol trascendental en las actividades diarias que realizan los ciudadanos. Contratos, pactos comerciales, entre otros actos, son celebrados a diario n las diferentes notarías alrededor del país. De allí que el notario, como fedatario, revisten de autenticidad dichos acuerdos y se asegura de que vayan en concordancia con lo que dice la ley. En concordancia con la Constitución ecuatoriana de 2008, la función o servicio notarial está contemplada dentro de la Función Judicial. En ese sentido, desempeña un rol fundamental en la preservación de la seguridad jurídica. De hecho, los cambios establecidos en la Constitución incidieron orden amiento jurídico. A partir de ese momento, el notario pasó a ser considerado como un órgano oficial de la función judicial, mientras que la función notarial empezó a considerarse como un servicio público (Delgado, 2015, p.8). Todas las instituciones que existen en la actualidad son el resultado de una necesidad en un momento dado de la historia. En este contexto también se encuentra integrada la función notarial como acto propio. De hecho, la bibliografía existente indica que los inicios de la función notarial se circunscriben a los tratos de comercio y tráfico inmobiliario. Es decir, la propia realidad social, que cada día se vuelve más compleja, ha exigido la creación de distintas instituciones, entre ellas la función notarial, pero no como ley, sino como una necesidad social. La Función Notarial es una función de carácter autentificador que debe ser ejercida de forma imparcial y con prudencia jurídica. A través dela Función Notarial la Ley le otorga al Notario la atribución de reconocer como cierto todo aquello que este asiente en las actas o escrituras púbicas que redacte. Todo este proceso se lo hace de acuerdo a las disposiciones de la Ley Notarial que tiene como fin garantizar la Seguridad Jurídica de dicha función comprobadora.En ese sentido, la Función Notarial es de naturaleza compleja ya que es pública por cuanto proviene de los poderes del Estado y de la Ley, pero al mismo tiempo es autónoma y libre para el notario que la ejerce, quien actúa con fe pública. (Solíz, 2014). Por otra parte, en el considerando de la Ley Notarial ecuatoriana se indica que la Función Notarial ha alcanzado destacada importancia en los social, económico y científico por lo que es imperativo con una Ley que regule cabalmente la función notarial y a los depositarios de fe pública. Por todo lo anterior, este trabajo de investigación se delimita a la Función Notarial como Acto Propio en lo concerniente a la redacción de Actas Notariales y concretamente a la necesidad de incluir en la Ley Notarial los términos o condiciones de su aplicación.
URI: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/10845
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