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Título : Las consecuencias jurídicas de la posesión efectiva y actos de disposición frente a terceros herederos o legatarios.
Autor : Zevallos Pinoargotty, Mercedes Simone
metadata.dc.contributor.advisor: Blum Moarry, María José
Obando Freire, Francisco Marcelo
Palabras clave : DERECHO SUCESORIO;FUNCIÓN NOTARIAL;HERENCIA ABINTESTATO;POSESIÓN EFECTIVA;LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Fecha de publicación : 31-may-2018
Editorial : Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Resumen : This thesis work involves a study of a social situation that affects to a broad spectrum of people and social groups in Ecuador. Death is a natural fact of life and no person can foresee it. Death can happen at any time and the pain it inflicts on the relatives, such as the Spouse and heirs makes them unable to handle decisions that they must confront: what to do with the properties of the deceased. Many times, the testamentary act or will of the deceased it is not enough to dispose of the property as it lacks legal formalities. Either due to legal ignorance, distrust, the common believe that there is still time to do it or just plain lack of certain legal formalities that makes the will null and void. Therefore, it is essential to be aware that Ecuadorian legislation provides for those situations where there is no testamentary act or will. When that is the case, the the heirs or legatees can claim the property left by the deceased by simply declaring before notary public that they are the heirs of the deceased and that they currently are in legal possession of the properties that once belonged to the before mentioned deceased : the notary then proceeds assigning said assets or rights to the before mentioned petitioners or declarants. This notary assignment enables the petitioners to legally dispose of the properties. The before described legal figure is known as effective possession which is prescribed on the Ecuadorian Civil Code and on the Ecuadorian Notary Law. This legal procedure has its own legal consequences in society in particular to unaware third parties. The effective possession of the inheritance was incorporated into our legislation first as an exclusively judicial action and then, through legal reforms to a procedure by the notary this notary procedure is a legal development in the law, because those notary procedures are held almost daily before notaries throughout the country. According to the sample incorporated in the present work, users who come to the notaries to request effective possession do not count in most cases, with legal knowledge of why they should do it, they just want to dispose or sale the properties they are in possession and they do not know about its consequences in law. We consider that the reason for this institution is a declaration that the goods or rights that belonged to a person before his death are now his heirs, but with the exception that a clause is incorporated stating that is "without prejudice to third parties ", this means that if effective possession is registered on the property of the deceased, and appears a third pary who believes he has the same rights, he can also request that they register that property or right to his name. But this registration of the effective possession has nothing to do with the occupation or possession in fact. The properties or rights that are assigned by an effective possession of the heirs themselves has registered in the Property Registry of real state of each County or City where the properties are located. Consequently, effective possession is the registered possession of the real state that the heirs make and without which they cannot make a valid tradition of such property.
Descripción : El trabajo de titulación contempla el estudio de una realidad social que afecta a los distintos grupos sociales, la muerte es un hecho natural y lamentable que nadie lo puede prever, se puede presentar en cualquier momento y a más del dolor que representa para sus familiares, su cónyuge o herederos en caso de existir, deben lidiar con la incertidumbre de no saber qué hacer con los bienes. Cuando una persona fallece, muchas veces no alcanza a disponer de sus bienes a través de un acto testamentario o éste carece de las formalidades legales, ya sea por desconocimiento jurídico, desconfianza, pensar que aún no es el momento de hacerlo o habiéndolo hecho el testamento es insuficiente o carece de las solemnidades legales, por eso es indispensable para los ciudadanos en general, tener conocimiento que la legislación ecuatoriana contempla la posibilidad que los herederos abintestatos o legatarios, que se crean con derecho puedan reclamar los bienes dejados por el causante, para asignarse dichos bienes, derechos y obligaciones y disponer de ellos mediante el cumplimiento de ciertos actos legales. Es así como nace la figura de la posesión efectiva, contemplada en el Código Civil y en la Ley Notarial con sus consecuencias jurídicas en la sociedad frente a terceros. La posesión efectiva de la herencia incorporada a nuestra legislación primero como una acción exclusivamente judicial y luego, mediante reformas a la función que desempeña el notario, ha permitido un avance en el derecho, porque son celebradas casi a diario en las notarías de todo el país. Según la muestra incorporada en el presente trabajo, los usuarios que acuden a las notarías a solicitarla no cuentan en la mayoría de los casos, con conocimiento legal del porqué deben hacer una posesión efectiva de la herencia y peor aún sus consecuencias en derecho, lo hacen sencillamente porque lo necesitan para algún trámite o para “vender” alguna propiedad que era del difunto. Podemos considerar que la razón de ser de esta institución es una declaración de que los bienes o derechos que le pertenecían a una persona antes de su muerte ahora son de sus herederos, pero con la salvedad que se incorpora en la declaración que es “sin perjuicio de terceros”, esto quiere decir que, en caso de que esté inscrita la posesión efectiva sobre los bienes del difunto, y existieren terceros que se creyeren con los mismos derechos pueden solicitarla e incluso inscribirla, pero esta declaración nada tiene que ver con la ocupación o tenencia de los bienes, son derechos y obligaciones que se adquieren por una declaración de los propios herederos y que además debe inscribirse en el Registro de la Propiedad de cada cantón donde encuentren los bienes. En consecuencia, la posesión efectiva es la posesión inscrita del heredero sobre los bienes que se encuentran en la herencia, también es cierto que no es un modo de adquirir el domino de los bienes hereditarios, porque siempre podrán otros herederos solicitarla posterior a la inscripción.
URI : http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/11907
Aparece en las colecciones: Trabajos de Grado - Maestría en Derecho Notarial y Registral

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