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Please use this identifier to cite or link to this item: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7471
Title: La regularización de los bienes inmuebles indivisos que se han vendido como derechos y acciones hereditarios.
Authors: Álvarez Guillén, Tito Enrique
metadata.dc.contributor.advisor: Blum Moarry, María José
Rivera Herrera, Nicolás Belisario
Keywords: HERENCIA Y SUCESIÓN;DERECHO CIVIL;BIENES INMUEBLES INDIVISOS;ACCIONES HEREDITARIAS;PATRIMONIO;ECUADOR
Issue Date: 6-Jan-2017
Publisher: Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
Description: Teniendo en cuenta que el fin específico esta en dar solución al conflicto de interés causado por el asunto de las particiones a la vez eliminando incertidumbres con relevancia jurídica efectivizando aquellos derechos sustanciales; consecuentemente lo que se pretende en lo jurídico es el logro de una paz social, la cual es considerada el fin abstracto del ordenamiento adjetivo. Puesto que la posesión efectiva da a los herederos a los comparecientes al momento de notariarla y registrarla sin realizar un examen previo a la legitimidad de los supuestos herederos se queda sin piso el vínculo de parentesco o de matrimoniodel causante. La acción de venta de derechos comprendida en la ley señala: “Ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión; la partición del objeto asignado podrá siempre pedirse con tal que los coasignatarios no hayan estipulado lo contrario”. inmuebles, es la manera de operar la transferencia de dominio sobre el derecho, es la enajenación o transferencia que el cedente hace al cesionario sobre un derecho, en virtud de un contrato traslaticio de dominio de cesión, es la manera de consumar el contrato de cesión. (Vargas, 2014) No se puede vender un derecho como cuerpo cierto, es decir como si se fuera propietario único del bien, pues solo tiene un derecho que se definirá en la partición y adjudicación efectuada de la herencia en la sucesión respectiva. Con lo señalado se puede recalcar que la cesión se realiza por escrito y requiere solemnidad notarial y registral para que se convierta en un título, recomendando que esta forma sea vía contrato pues ésta puede ser a título oneroso o gratuito, y si es oneroso se asimila a la compra venta y se refiere a la gratuita existe una donación entre vivos aplicando las respectivas normas de esta figura jurídica.
URI: http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/7471
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